AUMENTO DE VACACIONES, Y DE SALARIO Y PRIMA VACACIONAL

Los trabajadores tienen derecho a una prima no menor de 25% sobre los salarios, que les corresponden durante el periodo vacacional

Desde el 1 de enero de 2023, los trabajadores del sector privado, sin importar su antigüedad, fueron beneficiados por la reforma de “vacaciones dignas”, aprobada por ambas cámaras del Congreso de la Unión.

Se trata de una reforma con la que se incrementó de 6 a 12 el número de días de vacaciones en México, desde su primer año laborado.

Los trabajadores recibirán mas días de vacaciones, y las prestaciones derivadas de ellas, también tendrán incremento en dinero.

Los especialistas en derecho laboral como este suscrito y el equipo de nuestra oficina, que somos expertos en derecho laboral, coincidimos que, es importante considerar las implicaciones que la reforma tendrá, con relación a la prima vacacional.

¿Qué es la prima vacacional?

La prima vacacional es una prestación laboral prevista en los artículos 76 y 80, de la Ley Federal del Trabajo (LFT), donde se establece que las empresas están obligadas a entregar un pago extra a sus trabajadores para que puedan disfrutar los días de vacaciones a los que tienen derecho.

Los trabajadores tienen derecho a una prima no menor de 25% sobre los salarios, que les corresponden durante el periodo de vacaciones. Esto lo establece el artículo 80, de la LFT.

Como realizar un buena gestion de vacaciones de la plantilla - Lomaxim
A disfrutar

¿Cómo queda la prima vacacional con la reforma?

Para calcular la prima de vacaciones hay que saber el salario diario, multiplicarlo por los días de vacaciones y, finalmente, multiplicarlo por 0.25. El resultado es la cantidad que se debe depositar al trabajador.

Como ejemplo, expuso que antes de la reforma, cuando el mínimo de vacaciones eran 6 días, si una persona ganaba 6 mil 223.2 pesos (el salario mínimo diario a partir del 1 de enero de 2023 es de 207.44 pesos), la prestación quedaba así:

Salario diario: 207.44 pesos x 6 días de vacaciones x 0.25 = 311.16 de prima vacacional.

Ahora, con la reforma, con el mismo caso y el mínimo de vacaciones son 12 días:

Salario diario: 207.44 pesos x 12 días de vacaciones x 0.25 = 622.32 de prima vacacional.

Al igual que las vacaciones, la cantidad de la prima vacacional aumentará con la reforma a la LFT, todo dependerá de los días que tome el trabajador, según sus años de antigüedad.

En este contexto, un artículo publicado por Soy Conta señala que el aumento de vacaciones también tendrá implicaciones en el factor de integración del salario base de cotización (SBC).

¿Qué es el factor de integración?

El factor de integración se usa para calcular el salario diario integrado del trabajador cada año. A su vez, dicho indicador se utiliza como base de cotización para calcular el pago de cuotas obrero patronales del IMSS e Infonavit.

El factor de integración se debe actualizar cuando exista alguna modificación en las prestaciones del empleado, tal como aumento en la prima vacacional o días de vacaciones.

En este enlace puedes ver la reforma.

te recomendamos. https://licenciadoserrano.com/blog/2023/01/14/sin-filas-convierte-tu-credito-infonavit-de-vsm-a-pesos-en-linea/

¡Sin filas! Convierte tu crédito Infonavit de VSM a pesos en línea

Recientemente vemos larguísimas filas en las oficinas de Infonavit, en las oficinas de todo México, esto se debe a que los derechohabientes buscan cambiar la modalidad de su crédito, ya que manejar el crédito en pesos representa importantes mejoras en las condiciones de pago.

Ventajas del crédito en pesos

Y es que convertir el crédito de Veces el Salario Mínimo (VSM) a pesos representa importantes ventajas:

Para empezar, si el crédito está en pesos, en los próximos años no se presentará un incremento ni al saldo adeudado, ni a la mensualidad que se paga. Siendo esta una exigencia que los derechohabientes venían haciendo desde hace mucho.

Otro beneficio es que se establece una tasa fija proporcional a lo que gana el trabajador, de manera que quienes ganan menos obtendrán una tasa que empiece desde el 1.91% y aquellos que con mayor salario tendrán una tasa tope de 10.45%.

Convierte a pesos tu crédito

La otra ventaja del crédito en pesos es que la aportación patronal se sumará al capital de manera directa. Mientras que, anteriormente, la aportación primero impactaba en intereses y el resto –si quedaba- se destinaba a capital.

Estas grandes ventajas que se obtienen con la modalidad en pesos del crédito han atraído recientemente a miles de derechohabientes que buscan realizar ese cambio. Lo que ha generado tiempos de espera extremadamente largos en las oficinas de Infonavit. Sin embargo, hacer largas filas podría ser innecesario, ya que el trámite puede llevarse a cabo en línea.

¿Cómo realizar tu trámite en línea?

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) habilitó la aplicación del programa de Responsabilidad Compartida que ayuda a hacer efectiva la migración del crédito hipotecario denominado Veces Salario Mínimo (VSM) a pesos.

Documentos necesarios:

CURP

RFC

Número de Seguridad Social (NSS).

Con ello podrás crear tu cuenta en línea en la siguiente dirección:

https://micuenta.infonavit.org.mx

Una vez creada tu cuenta ingresa a la pestaña “Mi Crédito» y selecciona «Responsabilidad compartida». Ahí deberás ingresar los datos para la localización del crédito

Después, selecciona «Condiciones» para que se despliegue la situación actual de tu crédito.

Abre la pestaña “Trámite”, y en la columna “Responsabilidad Compartida” dale “Seleccionar”.

Finalmente, confirma la conversión del crédito de VSM a pesos haciendo clic en “Sí”. Con ello te deberá aparecer la leyenda “Tu financiamiento ya fue convertido a pesos y podrás descargar las nuevas condiciones financieras de tu crédito en PDF”.

Estos son los sencillos pasos para mejorar radicalmente las condiciones de tu crédito. Pero si tienes más dudas, puedes ingresar a infonavitfacil.mx o llamar al 800 008 3900 de manera gratuita desde cualquier parte de la República Mexicana.

Chignahuapan y Tlalpujahua: 2 pueblos donde todo el año es navidad

Chignahuapan y Tlalpujahua son dos Pueblos Mágicos famosos por sus esferas elaboradas con la técnica de vidrio sopladoy pintadas a mano en las fábricas familiares que abren sus puertas para mostrar los secretos detrás de la elaboración de estos hermosos objetos navideños. Ambos realizan una Feria de la Esfera durante esta temporada y ofrecen unmenú de atractivos para disfrutar durante la Navidad.

En ambos disfrutarás de bellos parajes naturales para la práctica de actividades ecoturísticas y de aventura, restaurantes que ofrecen experiencias gastronómicas con lo mejor de su cocina, cabañas y hoteles acogedores para descansar y todo un universo de posibilidades para disfrutarlos y celebrar la época decembrina. Si no sabes cuál elegir te decimos lo que puedes hacer en cada uno de ellos.

Qué hacer en Chignahuapan

Ubicado en Puebla, el pueblo

de la eterna Navidad, como se le conoce, está rodeado de bosques abundantes perfectos para conectar con la naturaleza, olvidarse del estrés y disfrutar diferentes actividades como senderismo, camping, recorridos por sus fábricas de sidra, entre otras cosas. El Pueblo Mágico cuenta con una tradición ancestral en la elaboración de esferas de vidrio soplado, los artesanos también las pintan a mano con diseños únicos y las puedes encontrar en todo el pueblo.

Chignahuapan

También posee otros tesoros como la virgen monumental más grande de México ubicada al interior de un templo y que se puede visitar dentro de la iglesia de la Inmaculada Concepción, en cualquier época del año. Además posee atractivos naturales como la laguna, perfecta para dar un paseo en lancha para admirar la puesta de sol. Una parada obligada es la cascada de Quetzalapan, de más de 60 metros de altura, perfecta para hacer rapel y en sus alrededores hay que pasear a caballo y practicar senderismo.

Qué hacer en Tlalpujahua

Este poblado, cuyo nombre significa «tierra de tezontle», es el primer productor de esferas a nivel nacional y cada año es escenario de la Feria de la Esfera que ofrece una gran variedad de objetos de vidrio soplado, desde esferas hasta nacimientos, santas, esferas de nieve y otros artículos decorativos.

Tlalpujahua

También hay que caminar por sus calles empedradas y conocer sus templos de cantera rosa como el de San Francisco, del siglo XVII o el Santuario de Nuestra Señora del Carmen, santa patrona de Tlalpujahua, ambos elaborados en cantera que contrasta con el verde de las montañas que lo rodean. 

QATAR el MUNdial que no debió ser

Qatar 2022. El Mundial Maldito
Por: Jon Kokura (visto en redes sociales, y le meti de mi cosecha)

«Lo que mal comienza, mal termina» decía mi abuelita, que era sabia y muy bonita.

Hace 12 años, en diciembre del 2010. Joseph Blatter, presidente de la FIFA en aquellos años anunciaba que el mundial 2022 se iba a jugar en Qatar.

Los únicos que saltaron de sus asientos felices como lombrices fueron los integrantes de la familia Al Thani. Son los amos y señores de Qatar.

Estadio en Qatar

Este pequeño territorio metido en el Golfo Pérsico, con una sola frontera terrestre, con Arabía Saudita, con la que se llevan bastante mal. Qatar está sentado sobre la tercera reserva de gas y petróleo del mundo. Su población es de 250.000 cataríes. Y 2.750.000 trabajadores inmigrantes… Sí, el 80% de la población son extranjeros.

En Qatar la palabra democracia es un chiste de mal gusto. Allí, la que corta el queso es la familia real Al Thani. Y el jeque Tamim Bin Hamad Al Thani de 42 pirulos y tres bellas esposas… por el momento.

Como son los dueños de Qatar, su patrimonio ronda los 350.000 millones de dólares. Y como ya no saben qué hacer con tantos petro dólares, aparte de construir fastuosos edificios, al cuete en el desierto. Y comprar clubes de fútbol, el PSG entre otros.

Alguien les sugirió que financiaran las ONG que trabajan alimentando a los niños hambrientos del mundo… pero no le dieron pelota. Un día los hombres de la familia Al Thani (las mujeres no pueden decir ni pío) dijeron: «¿Y si compramos el mundial de fútbol 2022?» «¡Dale!» contestaron todos… Y compraron un mundial de fútbol.

Les salió barato. Le pagaron un millón de dólares a ciertos delegados de la Concacaf (Centroamérica) Un millón y medio a otros de la Conmebol (Sudamérica) Un par de millones por aquí y otro más allá… Dicen que el crack del fútbol francés Michel Platini, que se las daba de virgen, casto y puro, cobró 7,5 millones de dólares. Y il capo di tutti i capi, el argentino Julio Grondona (fallecido el 2014) se embolsó 10 palos verdes por dar el sí a Qatar 2022.

De inmediato la realeza catarí se puso manos a la obra. Tenían que construir estadios de fútbol, en un «país» donde nadie jugaba al fútbol. El proyecto original era de 12 estadios. Quedaron en 8 uno de ellos desmontable, que van a «donar» a algún país donde sí se juegue al fútbol. Si usted, tiene en su barrio, una canchita rasca y piñinienta, escríbale al Emir de Qatar ¿Quién sabe? por ahí, le regalan el estadio desmontable.

El asunto fue que, para construir los 8 estadios, hoteles, aeropuerto, autopista, centros comerciales, necesitaron mano de obra barata, muy barata… y eso que están podridos en dólares. Y llevaron trabajadores inmigrantes al por mayor. En un sistema de esclavitud llamado «Kafala» y que consiste en darle todo el poder a un administrador (negrero) para que contrate inmigrantes, los explote reteniéndole los pasaportes. Haciéndolos vivir hacinados y con horarios de trabajo de hasta 18 horas por día. Sin derecho al pataleo, y mucho menos a cambiar de empleo.

Sin este sistema perverso, construir lo que se construyó en Qatar, con temperaturas que varían de 30° a 50° a la sombra era imposible. Desde el 2010 murió en las faenas un promedio de 12 obreros por semana. Un total de 6.751 trabajadores inmigrantes murieron para que usted; «¡Viva el fútbol!»

Esto, sin contar los obreros de Kenia y Filipinas, donde no se llevan registros migratorios. Las cifras de muertos aportadas por informes de The Guardian, la BBC (Inglaterra) y Amnistía Internacional son las siguientes: India 2711… Nepal 1641… Bangladesh 1018… Pakistán 824… Sri Lanka 557.

Se construyeron 8 estadios espectaculares, pero manchados de sangre. Están tan cerquita el uno del otro, que si usted es bueno pa’ andar en bicicleta los recorre todos, en poco más de un medio día.

Hace poco, en Irán, una mujer de 22 años, Mahsa Amini murió en manos de la policía por usar «mal el velo». Esto causó una ola de protesta en Irán y el mundo entero.
Como si en Qatar las mujeres se pudieran vestir como se les canta los ovarios. Como si tuvieran derecho a decidir por sí mismas. Como si pudieran jugar al fútbol. El lado femenino de la FIFA crece día a día. Las ligas de fútbol femenino son cada vez más populares. Pero el mundial 2022 se va hacer en un territorio, donde las mujeres tienen prohibido practicar deporte. Entre otras muchas cosas.

En Qatar, sobre la periodista mexicana Paola Schietekat, que trabajaba para el mundial, pesa una condena de siete años de prisión, más cien latigazos, con fecha 19 de febrero 2022. Por haber denunciado a un colega colombiano que la violó en territorio catarí. El violador era casado, entonces la mujer violada es la culpable. Según «la shaira» ley islámica que «controla» a las mujeres.

Paola Schietekat, la reportera mexicana, que fue violada y acusada de adulterio; obligada a casarse con su verdugo o una pena de latigazos

El canciller mexicano, Marcelo Ebrard, se reunió con ella en febrero y aseguró que pondrían a su disposición el mejor abogado para defenderla.

Ella lamentó que el apoyo no había llegado hasta que su caso comenzó a aparecer en los titulares de los noticieros y la prensa mexicana e internacional.

Finalmente, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) mexicana anunció este domingo que Qatar había cerrado el proceso penal contra Schietekat después de que el juez tomara en consideración los argumentos de la defensa.

En sus redes sociales, Schietekat calificó la noticia de «un gran paso en la dirección correcta», si bien aclaró que el caso sigue abierto y todavía existe una acusación sobre ella por parte de la Fiscalía.

UN MES DE MUNDIAL

30 días en que las usinas cataríes estarán funcionando a full para mantener el aire acondicionado en los 8 estadios, hoteles, centros turísticos y comerciales. Arrojando al aire humo contaminante, equivalente a diez mil autos tirando smog sin filtro por hora. Todo sea por la fiesta del fútbol… Porque el deporte es salud ¿vio?

Pero hay una sombra más siniestra sobre Qatar 2022. La posibilidad latente de atentados terroristas.

Los musulmanes, no olvidan, ni perdonan… aunque digan que sí. La familia real de Qatar ha financiado a oscuras facciones terroristas en Siria, Irak, Afganistán y Libia. En Libia financiaron a los terroristas que asesinaron al líder Muamar el Gadafi en octubre de 2011. ¿Por qué no van a arruinarle «la fiesta» a la realeza pro yankee catarí?

De esto nadie habla… Todos cruzan los dedos, rogando que ningún musulmán suicida se haga el mártir, volándose en medio de un montón de gente. Como ocurrió el 2021 en el Aeropuerto de Kabul.

En Europa, al mundial de Qatar le llaman: «El mundial de la vergüenza». Hay una movida en ciudades francesas para no poner pantallas gigantes en lugares públicos en París, Marsella, Burdeos, Estrasburgo, Lille, etc. Es una forma de protesta por un mundial de fútbol que se llevó la vida y sueños de miles de trabajadores inmigrantes, que no le importaron a nadie. Por 8 estadios fastuosos. Que durante 30 días estarán repletos de hinchas. Y vacíos, por toda la eternidad. Por un capricho de la familia Al Thani, que el 2010 compró un mundial de fútbol.

En un mundo en crisis. Con millones de desplazados por hambre y con hambre. En el vértice de una guerra nuclear.

¡Viva el fútbol!

MÁS VACACIONES PARA LOS TRABAJADORES

El Senado mexicano aprueba ampliar las vacaciones a 12 días

Los legisladores avalaron por unanimidad la reforma que aumenta el periodo de vacaciones. En el caso del primer año laboral pasa de 6 a 12 días

La Ley Federal del Trabajo establece que, por derecho, cada persona trabajadora debía recibir como mínimo seis días libres por cada año trabajado.

Sin embargo, países como Brasil, Cuba, Panamá, Nicaragua y Perú, recibían 30 días libres por cada año laborado.

Con la aprobación de esta iniciativa, ahora México se posiciona por encima e países como Honduras, Jamaica, Costa Rica y Belice, donde el mínimo de días libres pagados por año es de 10.

ASI QUEDARIAN LOS DIAS DE VACACIONES CON ESTA REFORMA

Una vez que sea votada nuevamente por la Cámara de Diputados, que se avisora sólo como un trámite para hacerlo oficial, deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación para que entre en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2023.

A partir de ello, las y los trabajadores que sean contratados de primer ingreso podrán gozar, tras su primer año laborado, de 12 días de vacaciones.

Las y los empleados que tengan un año, dos años, tres años, cuatro años cumplidos y su consecutivo, y que con la legislación todavía actual tienen derecho a seis, ocho, 10 o 12 días de vacaciones respectivamente, a partir del 1 de enero sumarán seis días más a los que ya tienen por derecho, es decir, alcanzarían 12, 14, 16 o 18 días por derecho.

Adicional a ello, las y los trabajadores recibirán la prima vacacional del 25% correspondientes a los días obtenidos como vacación; es decir, si anteriormente recibía el 25% de seis días, ahora recibirá el 25% de 12 días.

SE DEBE FIRMAR NUEVO CONTRATO O NO

Todo depende de cómo esté redactado su contrato actual. Las empresas que en sus contratos individuales de trabajo establecieron que a partir del primer año el empleado gozará de seis días de vacaciones, sin duda tendrán que renovar los contratos.

Pero hay empresas que pudieron haber incluido la frase “de conformidad con el artículo 76 de la LFT”. En esos casos, se sugiere realizar un adendum (una modificación a información administrativa), donde se aclare que, derivado de la reforma a la LFT, a partir del siguiente periodo al que tenga derecho por concepto de vacaciones se realizará por los 12 días que establece la normatividad.

La propuesta reforma los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones. Cabe mencionar que dicha ley no había sido reformada en materia de vacaciones desde hace 52 años.

La reforma a los artículos plantea que las modificaciones legales entren en vigor a partir de enero del 2023 y sólo se aplicaría a quienes tengan un contrato activo en el momento que inicie la vigencia de la nueva norma.

TE RECOMENDAMOS. JUSTICIA LABORAL EN NUEVO LEON

EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL EN NUEVO LEÓN

Es una realidad desde el 3 de octubre.

En la primera etapa son cuatro jueces y la sede se ubica de manera temporal en la calle Escobedo y 15 de Mayo en el Centro de Monterrey, a una cuadra y a la vuelta de nuestra oficina.

Esto, dado que se dispuso una instancia prejudicial, consistente en un proceso de conciliación asistido por profesionales certificados, en el que se establecerán juicios laborales más ágiles en presencia de una jueza o juez.

te puede interesar https://licenciadoserrano.com/blog/2019/03/07/9-respuestas-a-dudas-de-materia-laboral-y-su-fundamento/#comment-35

Una ventaja, que se pueden iniciar las demandas por el tribunal virtual, y monitorear todos los acuerdos por el mismo, como en cualquier otro juicio.

Se crean Centros de Conciliación, Los cuales se encuentran en ciudad laboral, en el edificio que alberga la aún agonizante y con asuntos rezagados, junta local de conciliación, encargados exclusivamente de la función conciliatoria prejudicial de los conflictos laborales que no sean de competencia federal.

Se espera, que con el nuevo Modelo Laboral y Sindical se dejen atrás las malas prácticas que afectaban el libre desarrollo de los derechos laborales de las y los trabajadores.

Se destacan 2 factores importantes: la conciliación como vía privilegiada para la solución de las controversias en cualquier etapa del juicio y el uso preponderante de la tecnología en el proceso judicial.

En resumen, ahora para iniciar una demanda laboral, previamente debe existir una plática conciliatoria entre las partes.

te recomendamos https://licenciadoserrano.com/blog/2021/05/27/importante-que-lo-sepas-utilidades-como-se-calculan-quienes-deben-recibirlas-y-cual-es-la-fecha-limite-2/

EL (DEBIDO) PROCESO DE CRISTO

UN REPASO AL DEBIDO PROCESO

La vida, pasión y muerte de Jesús de Nazaret, Jesucristo o Cristo, es conocido universalmente y considerado uno de los hechos históricos más importantes de la humanidad.

Desde el punto de vista teológico, la pasión, muerte y resurrección de Cristo, como sucedió según la literatura histórica, consumó “la redención de los pecados del mundo”, hecho que, las religiones Abrahámicas, estiman como un plan decidido por Dios.

Sin embargo, dejando de lado la teología, desde el punto de vista del derecho procesal, el jurista Ignacio Burgoa Orihuela opina que en el proceso que se le siguió a Jesús, ocurrieron una serie de elementos violatorios al debido proceso legal que culminó con la ejecución de una pena de muerte.

El proceso jurídico de Cristo (conclusión)

ANTES DEL JUICIO,¿QUÉ ES EL DEBIDO PROCESO?

En la doctrina mexicana, se entiende por debido proceso el conjunto de condiciones y requisitos de carácter jurídico y procesal que son necesarios para poder afectar legalmente los derechos de los gobernados

TE puede interesar EL PROCESO DE CRISTO

LOS DERECHOS FUNDAMENTALES PARTICULARES RELACIONADOS CON Y DERIVADOS DEL DEBIDO PROCESO SON:

a):acción judicial y acceso a los tribunales; b):derecho a un juicio justo y público; defensa; c):derecho a la prueba directa o contraprueba de lo que se acusa;
d):independencia e imparcialidad de los jueces;
e):discusión de los asuntos prevalentemente orales;
f):audiencia pública;
g): impugnaciones;
h): amparo; entre otros.

EL ACUSADO
Jesús fue un predicador nacido en la provincia de Judea, que creció en el seno de una familia judía en un período en el que la tierra de Israel se encontraba conquistada por el Imperio romano, bajo el mando de Tiberio Julio César.

En aquella época, el Imperio romano concedía a las autoridades religiosas judías, (conocidas como el sanedrín, conformado por 71 miembros del pueblo de Israel) el derecho de administrar justicia entre el pueblo según sus propias leyes, pero no les confería el derecho legal para ejecutar a los delincuentes y solo tenía poder para castigar la blasfemia mediante lapidación, decapitación y degüello.

Según el relato bíblico, fue el sanedrín quien arrestó a Jesús, debido a que a estos les incomodaba la predicación de Jesús.

EL PROCESO
Cuando arrestaron a Jesús, nadie había imputado cargos en su contra. Fue hasta que lo detuvieron que los sacerdotes y el Sanedrín buscaron testigos:

Y los principales sacerdotes y todo el Concilio[a] procuraban obtener falso testimonio contra Él, con el fin de dar muerte a Jesús, y no lo hallaron a pesar de que se presentaron muchos falsos testigos. Pero más tarde se presentaron dos. Mateo 26:59

Los procesos de este tipo eran sometidos a la jurisdicción del sanedrín, que hacía la función de juez en cada ciudad de la tierra de Israel.

te recomendamos LA ÚLTIMA CENA, NO SOLO PAN Y VINO

LOS PROCESOS JUDIOS INTEGRABAN LOS PRINCIPIOS DE::

1:Diurnidad: que señalaba que los procesos debían llevarse a cabo completamente en el día, antes de la puesta del sol.
2:Publicidad: que disponía que las sesiones debían realizarse en una plaza pública.
3:Garantía de audiencia: que permitía al acusado la posibilidad de defenderse, por sí o a través de cualquier persona judía, y
Misma pena para falso testimonio: que señalaba que el testigo que declarara en falso era merecedor de la misma pena correspondiente al delito calumniosamente imputado.

LAS IRREGULARIDADES
Jesús fue acusado y procesado por el sanedrín por delitos religiosos, específicamente por sacrilegio o profanación de lo sagrado. En el orden jurídico hebreo, este delito era sancionado con la pena de muerte por crucifixión.

Se violaron los principios de diurnidad y de publicidad, debido a que el proceso y la sentencia no fueron realizados durante el día en la plaza pública, sino que se hicieron durante la noche en la casa de Anás e interrogado además por Caifás, sumos sacerdotes.

Asimismo, se violó el principio de misma pena para falso testimonio debido a que Nicodemo, otro miembro del sanedrín, habría interrogado minuciosamente a los dos testigos presentados contra Jesús, haciéndolos caer en contradicciones y, a pesar de ello, estos habrían logrado escapar sin merecer la pena correspondiente por testificar calumniosamente (Mateo 26: 61-68).

no te pierdas DE QUE Murió JESUS?

PRINCIPIOS QUE SE VIOLARON EN EL DEBIDO PROCESO
1: Violación al principio de publicidad en virtud de que el proceso se verifico en la casa de Caifás y no en el recinto oficial llamado «Gazith»

2: Violación al principio de diurnidad, puesto que tal proceso se efectuó en la noche

3: Violación al principio de libertad defensiva, ya que a Cristo, no se le dió oportunidad de presentar testigos para su defensa.

4:Violacion al principio de rendición estricta de la prueba testimonial y de análisis riguroso de las declaraciones de los testigos, pues la «acusación» se fundó en testigos falsos.

5: Violación al principio de prohibición para que nuevos testigos depusieran contra Cristo, una vez cerrada la instrucción del procedimiento.

6: Violación al principio consistente en que la votación condrnatoria no se sujeto a revisión antes de la pronunciación de la sentencia.

7: Violación al principio de presentar pruebas de descargo antes de la ejecución de la sentencia condenatoria, puesto que, una vez dictada, se sintió a la homologación del gobernador romano Poncio Pilatos.

8: Violación de principio de que a los testigos falsos debía aplicàrseles la misma pena con que se castigaba el delito materia de sus declaraciones, toda vez que el Sanhedrin se abstuvo de decretar dicha aplicación a quienes depusieron contra Jesús

Al encontrarse bajo el régimen del Imperio romano, las sentencias de muerte debían ser homologadas por el gobernador designado por el emperador en la provincia respectiva, según lo señalado por el derecho romano, que en ese momento era Poncio Pilatos. Así, una vez sentenciado, Jesús fue llevado ante la presencia de Pilatos, a efecto de que éste homologara la sanción impuesta por el sanedrín y ordenara su ejecución.

Se señala a este segundo suceso como el segundo proceso al que fue sometido Jesús. En un primer momento, Pilatos se negaba a dictar la sanción impuesta por el sanedrín, debido a que no estaba convencido de la culpabilidad del imputado. Dado lo anterior, Pilatos determinó no resolver este asunto, alegando que, al ser Jesús un galileo, la sanción correspondía al tetrarca de Galilea, Herodes Antipas, quien era hijo de Herodes I.

Herodes recibió a Jesús, pero únicamente se burló de él, según el relato bíblico, al considerarlo como un loco, y, por este mismo motivo, se negó a juzgarlo. Así, la incompetencia de dictar sanción por razón de territorio no surtió efecto para Pilatos por lo que tuvo que recibir a Jesús nuevamente.

Pilatos ordenó flagelar al imputado y ponerle una corona de espinas a efecto de poder “sancionar” a Jesús como lo buscaba el sanedrín, sin embargo, el pueblo exigiría la pena capital.

Te puede interesar EL HOMBRE QUE SENTENCIO EL JUICIO MAS GRANDE DE LA HISTORIA

Al verse presionado tanto por las autoridades religiosas como por el pueblo, Pilatos sentenció que Jesús era culpable del delito de subversión contra el imperio romano, debido a que se autonombró “rey de los judíos”, que resultaba ajeno al orden establecido por el imperio de Tiberio Julio César. En consecuencia, Pilatos ordenó ejecutar la pena de muerte por crucifixión no sin antes lavarse las manos e indicar que dicha muerte no sería su responsabilidad.

Se señala que el delito por el que finalmente se crucificó a Jesús fue por el de subversión[1] y no por el de sacrilegio, es decir, murió a causa de un delito político y no por un delito religioso como pretendía el sanedrín, y esto se consta pues, de acuerdo con la tradición romana, en la cruz del sentenciado se colocaba el titulus, una tablilla en la que se especificaba el motivo de la condena. En este caso, Pilatos ordenó poner en la cruz de Jesús la inscripción de “Jesús de Nazaret, rey de los judíos”, con lo cual se hizo referencia al delito político por el cual Pilatos lo sentenció a muerte.

A pesar de todo lo anterior a Jesús de Nazareth, se le encuentra culpable de blasfemia y de hacerse pasar por el hijo de Dios y se le condena a muerte de cruz, a pesar de no ser ésta un castigo correspondiente al *delito*

Fue un juicio que se oponía por completo a las reglas de la ley hebrea y a los principios de justicia y que el proceso estuvo lleno de ilegalidades e irregularidades que el resultado fue, “a todas luces” una violación al debido proceso que se establecía en aquella época.

Entonces, la sentencia del Sanedrín era nula y, por ende, era necesario instaurar un nuevo proceso. Además, en el ordenamiento jurídico romano no era delito adorar a un solo dios distinto a los oficiales. Jesús tampoco debía ser juzgado por blasfemia, porque el hecho de arrogarse la investidura de ser hijo de Dios, no ponía en tela de juicio la autoridad romana. Jesús más bien decía: “dad al César lo que es del César

Claro que también, existen otros factores, que nos indican que en aquel tiempo este, y cualquier proceso fuera ilegal, JESUS no tuvo abogado, y Roma (el estado), no le proporciono uno. Pilatos, si bien es cierto era el procurador de Justicia en el estado de Jerusalén, es la única figura que seguiría igual a nuestros días, sin embargo, Pilatos era juez y parte, era juzgador, castigador, y sentenciador. Así mismo, se condeno a la pena máxima que era la muerte, sin posibilidad de apelación de sentencia ante un colegiado (Pilatos era la autoridad máxima).

Con información de el libro el proceso de Cristo y un poco de mi cosecha.

LA ÚLTIMA CENA, NO SOLO PAN Y VINO

¿Cuál fue el menú que comieron Jesucristo y sus apóstoles en la última cena?

Un guiso de alubias, cordero, aceitunas, hierbas amargas, una salsa de pescado, pan sin levadura, dátiles y vino aromatizado probablemente formaban parte del menú de la Última Cena en el Jueves Santo, según recientes investigaciones sobre la cocina palestina de la época de Jesús.La comida no se comió durante una reunión formal sentada en una mesa rectangular, como se muestra en muchas pinturas de arte religioso, sino con Jesús y sus apóstoles reclinados en cojines en el suelo, como hacían los romanos en aquella época.

cuadro representativo de la última cena

te recomendamos DE QUE Murió JESUS?

El estudio realizado por dos arqueólogos italianos, Generoso Urciuoli y Marta Berogno, se basó en versículos bíblicos, escritos judíos, obras romanas antiguas y datos arqueológicos para investigar los hábitos alimenticios en Jerusalén a principios del siglo I d.C. Su trabajo fue publicado en un libro: “Jerusalén, La Última Cena”.La Biblia habla de lo que ocurrió durante esa cena, pero no detalla lo que comieron Jesús y sus 12 compañeros de cena”, explicó en el texto Generoso Urciuoli, arqueólogo del centro Petrie de Italia y autor del blog Archeoricette sobre la comida antigua. El punto de partida es la suposición de que Jesús era judío. Él y sus discípulos observaban las tradiciones transmitidas por la Torá y sus prohibiciones relacionadas con la comida.

La última cena es la más famosa de todos los tiempos. Los 12 apóstoles escucharon cómo Jesús de Nazaret les contaba que iba a ser traicionado por uno de ellos y fue el Jueves Santo cuando dio comienzo la Pasión.

Existen numerosas teorías acerca de qué alimentos comieron Jesús y sus discípulos durante la cena, puesto que La Biblia detalla lo que pasó pero no da detalles sobre cuál fue el menú de la célebre cena.

NO TE PIERDAS. PILATO EL HOMBRE QUE SENTENCIO EL JUICIO MAS GRANDE DE LA HISTORIA

Una de las teorías más extendidas, dice que el menú consistió en:

  • Pan ácimo: según la tradición judía, en el Pesáj o Pascua se debe comer pan sin levadura en la masa, ya que fue así como lo comieron los israelitas a su salida de Egipto.
  • Vino: este es uno de los puntos en los que, parece ser, no hay duda en ninguna de las teorías, ya que al vino hizo alusión Jesús: “yo soy la vid y vosotros los sarmientos” (Mateo 26:29), “yo soy la vid verdadera y mi Padre es el viñador” (Juan 15:1 y 2)
  • Cordero recién sacrificado: al igual que con el pan, la celebración de la pascua judía comenzaba con el “primer día de los ácimos” en el que la cena debía consistir en un cordero pascual recién sacrificado, y parece ser que así fue en La Última Cena. El cordero es hoy día uno de los símbolos más importantes del cristianismo: “Cordero de Dios”.
  • Sal: es probable que también hubiera sal. Popularmente se cree que Judas Iscariote derramó sal durante la Cena y, además, el cuadro de Leonardo Da Vinci así lo recoge.

Además de esta teoría, existen otras muchas que arrojan que el menú no fue exactamente así. Por ejemplo, los arqueólogos italianos Generoso Urciuoli y Marta Berogno redactaron y publicaron en el libro “Jerusalén: La Última Cena” una teoría que dice que la Cena incluyó un cocido de verduras llamado “cholent”, “charoset”, un plato de sabor dulce hecho a base de dátiles, aceitunas, hierbas amargas con pistachos, pasta de nuez y salsa de pescado.

Otro estudio realizado por especialistas en Historia del Arte y publicado en la revista estadounidense “Gastronomica” revelan que en realidad no hubo cordero si no anguila a la parrilla servida con naranja. Es posible que esta teoría esté demasiado influida de nuevo por el cuadro de Da Vinci, ya que en él sale retratado este plato.

EL SANTO GRIAL:

El Santo Grial es uno de los objetos más relevantes de la historia. La copa que Jesucristo utilizó en La Última Cena. Los relatos sobre él cuentan que tiene propiedades curativas o que puede alimentar a un ejército entero. Celtas, Cátaros o Templarios han contado numerosas historias a su alrededor y hasta el Tercer Reich se empeñó en su búsqueda.

te puede interesar EL PROCESO DE CRISTO

EL CONJURO 3, CUANDO LA REALIDAD SUPERA A LA FICCION, Y LLEGA A LOS TRIBUNALES

Ya se estreno el conjuro 3, una saga de la que soy fan pero esta (como todas las películas de la saga) basada en hechos reales. visita nuestra web www.licenciadoserrano.com

Quedate hasta el final, te tenemos una sorpresa


NTP puedes seguir leyendo, esta publicación no tiene spoilers.

undefined


“El Conjuro 3”, remonta al espectador al año 1981, comparte la historia de Arne Cheyenne Johnson cuando fue acusado de la muerte de una persona, al preguntarle por qué había llevado a cabo el asesinato expresó que había sido poseído por un demonio.
Pero la realidad inicia mucho antes de este lamentable suceso y hay varios involucrados en la historia, entre ellos David Glatzel, un joven de 11 años, quien era hermano menor de su prometida y que empezó a tener visiones con demonios.


El adolescente veía a un hombre con ojos negros, cara delgada, pesuñas orejas puntiagudas, cuernos, con rasgos animales y dientes afilados, después de esto el pequeño empezó a despertar con algunos moretones y rasguños inexplicables.
Para dar fin a esto y como solución la familia invitó a un sacerdote para que bendijera la casa y viera a David, pero esto no dio resultado. Después convocaron dos expertos demonologos de nombre Ed y Lorraine Warren para que los ayudara y practicara un exorcismo en los que Arne y su prometida Debbie estuvieron de acuerdo y presentes.
Durante el exorcismo Arne intento tocar al demonio para que entrara en el y se alejara del cuerpo de su cuñado, todo parecía haber funcionado y vuelto a la normalidad.
Después Debbie fue contratada por Alan Bono, para trabajar en su pensión de mascotas, mientras que Arne empezó a sufrir algunos cambios, su novia decía que entraba en una especie de trance y después no recordaba nada.


El homicidioEl 16 de febrero de 1981 después de almolzar, Arne, Debbie, Bono y las hermanas menores de Debbie, Wanda de 15 años y Janice de 13, además de su primera Mary de 9 años.


Según información de Debbie Bono bebió bastante y resultado del alcohol se tonó violento, por lo que ella tomó a las niñas, pero antes Bono atrapó a Mary, por lo que Arne enfrentó a Bono.

Crítica de 'El conjuro 3': La caída de la trilogía


Según relata Debbie, Bono bebió bastante durante el almuerzo y se tornó violento, por lo que ella tomó a las niñas para irse, pero antes de que pudiera hacerlo Bono atrapó a Mary. En ese momento Arne regresó y enfrentó a Bono, Debbie intentó disuadirlo, pero le fue imposible moverlo.


Fue Wanda Johnson quien declaró que escuchó a Arne rugir como un animal y caminando hacia el bosque y Bono se quedó golpeando su puño contra la palma de su mano, después cayó al suelo, frene al quedó el cuchillo que siempre tenía Johnson con él.
Los reportes de las autoridades manifiestas que Bono murió de cuatro heridas en la espalda. En ‘El Conjuro’ 3 la corte acepta esta teoría y de ahí se desencadena toda la investigación, en la que desde luego se involucra a los Warren.


Obviamente, en la vida real no creyeron la idea en el juicio de una posesion paranormal, no había mucho que discutir, pues las pruebas señalaban que el acusado había estado bebiendo previo al ataque, lo que le llevó a ser acusado de asesinato en primer grado. Sin embargo, la defensa sorprendió al clamar inocencia y más aún al alegar que la violencia había sido producida por una posesión demoníaca. No conforme con ello, se presentó el antecedente de que David Glatzel, hermano menor de su prometida, había sido exorcizado sólo un año antes, en un proceso en el que los propios Warren estuvieron involucrados.
Vale la pena destacar que el abogado defensor, Martin Minella, ni siquiera creía en demonios y fantasmas hasta antes del juicio, pero empezó a dudar tras percatarse de que algunas lesiones en el cuerpo de su cliente no podían haber sido realizadas por ningún objeto humano.


En la película se narra la condena y el tiempo que se cumplio de ella, En el proceso real, la posesión fue desestimada por completo y el jurado aceptó que el asesinato había sido en legítima defensa.


El argumento de posesión demoníaca no próspero: el juez Robert Callahan lo calificó de “irrelevante y sin sustento científico”, señalando que el crimen se realizó en defensa propia y en noviembre de 1981, Arne Johnson fue condenado a cumplir una condena de 20 años, de los cuales solo pasó cinco en prisión por buena conducta.

Durante su tiempo tras las rejas, el hombre se casó (con la hermana del niño poseído), completó el bachillerato y realizó varios cursos de universidad, según reportó la AP a su salida de prisión.
Y bien, ya que leíste la reseña real del suceso del que se basa la película, te gustaría ver la película?? da click al siguiente enlace

https://photos.google.com/share/AF1QipOtQg0lerjb6uuYFEsPDO4H5ZeW8bpW1Vf0r2vn6KnWcjSpLpMZgeVqO0Wle_1I0g/photo/AF1QipPYRD60NXwNN_BoC3RLZ1gdkQAJ7j9trCAMBV4S?key=QkNKQTZvOXdGS3MyLXVNdDN4R2E2by1vbFFJRzNn

IMPORTANTE QUE LO SEPAS: utilidades; cómo se calculan, quiénes deben recibirlas y cuál es la fecha límite

visita nuestra web: www.licenciadoserrano.com

Las empresas cuyo ingreso anual declarado no sea superior a 300,000 pesos no están obligadas a dar utilidades.

Los trabajadores que laboren para un patrón tienen derecho al reparto de utilidades, sabes cómo funciona este derecho de los trabajadores? ¿tienes idea de cuánto y cuándo lo debes recibir?

te puede interesar: COMO CALCULAR MIS UTILIDADES? (Y todo lo que debes saber sobre este derecho)

Si la empresa en la que laboras tiene más de un año en operaciones y obtuvo utilidades netas por 300,000 pesos o más debe repartirlas entre sus trabajadores.

Este año el 30 de mayo es el día límite para que las empresas entreguen esta prestación a sus trabajadores.

¿Quiénes tienen derecho y quiénes no?

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) todos los trabajadores que hayan laborado al servicio de un patrón, por lo menos durante 60 días, tienen derecho a recibir el reparto de utilidades; sin embargo, hay algunos empleados que, por ley, no gozan de ese derecho.

Los directores, administradores, gerentes generales, socios y accionistas, así como trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días al año al que corresponda el año del pago de utilidades, los profesionistas, técnicos y otros que mediante el pago de honorarios presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado.

Tampoco reciben utilidades los empleados contratados eventualmente por honorarios, ni outsourcing si la empresa contratante no tiene utilidades (aunque labore para un tercero), los trabajadores domésticos.

¿Cuándo no está obligada la empresa a dar utilidades?

-Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento; si además se dedican a la elaboración de un producto nuevo, quedan exceptuadas durante los dos primeros años de funcionamiento.

-Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social, no se consideran de nueva creación.

-Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.

-Las instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, que no tengan fi­nes de lucro.

-El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas, con fines culturales, asistenciales o de benefi­cencia.

– Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300,000 pesos.

La imagen puede contener: texto

¿Si renuncias o te despiden recibes utilidades?

El cálculo de esta prestación se realiza sobre el tiempo laborado y es independiente de la causa por la que el empleado dejó de trabajar en la empresa, siempre que haya sido por un periodo mayor a 60 días.

De acuerdo con la ley, la compañía debe dar aviso al personal de que se llevará a cabo el reparto de utilidades, pero es perfectamente legal para el trabajador llamar a la empresa donde laboró y preguntar si habrá utilidades.

Los extrabajadores de una empresa tienen de plazo un año para cobrar sus utilidades, a partir de la fecha límite de entrega.

El pago se debe hacer efectivo y la empresa no puede abonarlo a través de vales, premios, ni otros beneficios.

¿Deben descontar impuestos?

Al tratarse de un ingreso para el trabajador, está sujeto a lo que establece la ley del ISR y sí se debe retener impuesto.

¿Cómo calculo lo que me deben dar?

Actualmente se reparte entre los trabajadores el 10% del total de las ganancias de una empresa más las utilidades que no se hayan repartido el año pasado. Suponiendo que éstas son de 1 millón de pesos, se repartirá entre los trabajadores 100 mil pesos (el 10%).

El monto a repartir se divide en dos partes iguales: la primera mitad se distribuye entre los trabajadores, de acuerdo con los días trabajados en el año, y la segunda se aplica de manera proporcional al sueldo que tiene cada empleado.

No se consideran ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo.

La imagen puede contener: texto

Es recomendable que monto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades(PTU) lo consultes directamente con el departamento de finanzas de la empresa donde trabajas. Ese monto es igual a la ganancia neta de la empresa durante un año de operaciones.

¿Qué hago si no me dan esta prestación?

Las utilidades son derecho de los trabajadores contemplado en el artículo 123 de la Constitución, donde se explica que los empleados tienen derecho a una participación de las utilidades de las empresas en las que laboran.

Si no recibes utilidades, entonces puedes levantar una denuncia ante la Secretaría del Trabajo y Prevención Social donde se puede solicitar una inspección a la empresa donde laboras. No olvides estar seguro de que la empresa y tú cumplen con los requisitos para dar y recibir utilidades.