Patrones deben acatar esta disposición y reforma a la ley laboral
Aqui en estre video te lo explico
ENTRO EN VIGOR EL 17 DE JUNIO DE 2025, Y DESDE EL 15 DICIEMBRE 2025
YA ES 100% EXIGIBLE
PUNTOS CLAVE DE LA LEY SILLA
El patrón debe proveer sillas con respaldo suficientes.
Está prohibido obligar a trabajar de pie toda la jornada.
Aplica aunque el puesto sea de pie:
deben permitirse descansos sentados.
* Impacta principalmente en comercio, servicios y atención al público y clientes, como meseros, cajeros y demás.
¿HAY SANCIONES SI NO CUMPLEN?
Tu patrón puede ser acreedor a Multas que van de 250 a 5,000 UMA aproximadamente es decir de $27,000 a más de $540,000 pesos
¿QUE PUEDES HACER SI NO CUMPLEN?
* Documenta la falta (fotos, mensajes, testigos).Solicita el Reglamento Interior de Trabajo.
* Presenta queja ante la STPS.
* Busca asesoría legal laboral.
Podrían realizarse Inspecciones de la STPS y tu patrón tener Actas y requerimientos administrativos.
“El no se pueden sentar ni un ratito” ya no es excusa legal.
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