LEY SILLA YA EN VIGOR

Patrones deben acatar esta disposición y reforma a la ley laboral

Aqui en estre video te lo explico

ENTRO EN VIGOR EL 17 DE JUNIO DE 2025, Y DESDE EL 15 DICIEMBRE 2025

YA ES 100% EXIGIBLE

PUNTOS CLAVE DE LA LEY SILLA

El patrón debe proveer sillas con respaldo suficientes.

Está prohibido obligar a trabajar de pie toda la jornada.

Aplica aunque el puesto sea de pie:

deben permitirse descansos sentados.

* Impacta principalmente en comercio, servicios y atención al público y clientes, como meseros, cajeros y demás.

¿HAY SANCIONES SI NO CUMPLEN?

Tu patrón puede ser acreedor a Multas que van de 250 a 5,000 UMA aproximadamente es decir de $27,000 a más de $540,000 pesos

¿QUE PUEDES HACER SI NO CUMPLEN?

*   Documenta la falta (fotos, mensajes, testigos).Solicita el Reglamento Interior de Trabajo.

*   Presenta queja ante la STPS.

*   Busca asesoría legal laboral.

Podrían realizarse Inspecciones de la STPS y tu patrón tener Actas y requerimientos administrativos.

“El no se pueden sentar ni un ratito” ya no es excusa legal.

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