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Durante mayo y junio a los empleados se les otorga el reparto de utilidades de las empresas. Muchas veces la ignorancia de las leyes da pie a que los patrones abusen de este DERECHO que tienen los trabajadores. A continuación, explicaré algunas generalidades, fundamentos y cálculos para que esa ignorancia se vaya disipando.
Partamos desde el inicio, desde la Constitución de los estados Unidos Mexicanos, concretamente en el articulo 123 en el párrafo IX, que es el que fundamenta dicha prestación, considerando que no hay ley superior a la Constitución, el artículo dice:
“IX. Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas, regulada de conformidad con las siguientes normas:”
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Fundamentos legales de las utilidades
Las reglas y normas que se desprenden después, se refieren más a la forma en que se regularan las dichosas utilidades.
Pero ¿qué dice la Ley Federal del Trabajo?
La LFT dice lo siguiente en su artículo 117
“Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.”
Cabe entonces señalar que este derecho llamado Utilidades, se basa en el supuesto de que la empresa haya generado utilidades o bien, haya sido rentable.
Por lo tanto, una empresa puede generar o no utilidades, si es una empresa que tiene pérdidas, y así lo han expresado tus patrones en el trabajo, mejor ni sigas leyendo, ya que no te va a tocar nada, o puedes seguir leyendo para describir que realmente sí te toca algo.
EN RESUMEN, Y DESPUÉS DE LOS SIGUIENTES PARRAFOS MAS DETALLADO:
¿Cuánto recibiré de utilidades? La ley establece que las empresas deben distribuir el 10% de sus utilidades entre los trabajadores.
Para calcular el monto que le corresponde a cada trabajador se toman en cuenta dos variables: Los días trabajados (incluyendo incapacidades, periodos de maternidad, vacaciones, permisos y feriados).
El nivel de ingresos. ¿Cómo calcular mis utilidades? Supongamos que la empresa Marca Acme S.A. de C.V. reportó una utilidad de $1,000,000 y además no repartió $300,000 el año pasado. Por lo tanto, la PTU total a repartir es de $1,300,000.
NOTA: La PTU es la Participación de los Trabajadores en las Utilidades En base a este último dato, crearemos dos factores: Por los días trabajados, y por los sueldos de cada trabajador ¿Pero cómo se hacen los factores?
Vamos a suponer que la empresa tiene 5 empleados con las siguientes características. Trabajador Días trabajados (desde su día de ingreso) Sueldo total en un año calendario Vendedor1 260 $58,000 Vendedor2 300 $95,500 Intendencia 360 $50,000 Secretaria 350 $77,000 Vigilancia 360 $80,000 Director 350 $180,000 TOTALES: 1,630 $360.500 Ojo: cuando una empresa no genera utilidad puede dar una gratificación a razón de utilidades, dicha gratificación es para trabajadores activos en la empresa al momento del pago y que hayan laborado al menos 60 días en el año próximo pasado; los patrones no están obligados a dar dicha gratificación si no hubo utilidades.
Ejemplos 1: María trabaja en una cadena de tiendas de autoservicio, el año pasado abrieron tiendas nuevas a nivel regional o local y recibe 1000 como gratificación.
Ejemplo dos: Jose trabaja en un medio de comunicación y el año pasado dicho medio tuvo perdidas y baja en anunciantes, ademas recibió una multa de gobierno por que un locutor dijo malas palabras al aire. Al tener egresos la empresa podría decidir no dar gratificación ya que no hubo utilidad.
¿Cómo saber si la empresa para la que trabajo generó utilidades?
Es una situación complicada para el trabajador, pero todas las empresas deben tener confirmada una comisión de reparto de utilidades, y esta comisión se encargará de informar a los trabajadores si se llegara a dar el supuesto de una rentabilidad por parte de la empresa.
Además de eso el patrón tiene 10 días hábiles para colocar un documento extraido de la declaración anual en donde se especifique que la empresa obtuvo o no utilidades.
Si el documento muestra utilidad para repartir en este año, pos ya la hiciste. Pero si muestra pérdidas… bueno, ya sabes que hacer, ¿no? Dejar de leer este artículo.
Empresas que no están obligadas a pagar utilidades
Debes considerar que existen empresas que no están obligadas al reparto de utilidad, ya que también el gobierno apoya a ciertas empresas con características específicas. Las empresas son:
- Sean nuevas y haya sido su primero año de funcionamiento
- Aquellas que estén haciendo algún producto nuevo. (Esto ya es más difícil que se dé en la actualidad)
- Esas empresas o industrias que se dedican a la extracción, ya sea de minerales, petróleo, etc.
- Las empresas sin fines de lucro.
- El IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, de asistencia o de beneficencia.
- Empresas que tengan un capital menor del que fije la secretaria de trabajo y previsión social por ramas de la industria.
también ten en cuenta lo que informa esta imagen de arriba.
Pero si no tienes ni idea de cómo revisar estos documentos, o no tienes la posibilidad de acceder a ellos pero en tu trabajo te repiten una y otra vez que si te darán Utilidades, y no sabes cuándo, pues te digo:
¿Cuando se entregan las utilidades en 2019?
Las empresas tienen un plazo máximo de 60 días después de presentar su declaración anual. Y si tomamos en cuenta que una persona moral (esas que en la mayoría de los casos terminan en S.A. de C.V.) tiene como fecha límite para presentar la mencionada declaración es el 31 de marzo, entonces deberías estar recibiendo tus utilidades a más tardar el 31 de Mayo.
Los trabajadores que tienen como patrón a una persona física tienen de plazo hasta el 30 de abril para presentar la Declaración Anual, por lo tanto, tu deberías estar recibiendo tus utilidades a finales del mes de Junio. Sin embargo, para en 2018, se emitió una prórroga para que las personas físicas pudieran presentar su declaración anual hasta el 15 de mayo, por lo que tus utilidades deberías estarlas recibiendo a más tardar el 15 de julio de 2018. Veamos qué ocurre para 2019.
Recuerda que esta fecha puede variar, hay algunas empresas que sus utilidades las dan en marzo, otras que incluso las dan en febrero o en abril, todo depende de cuando hayan presentado su declaración anual y si dejarán pasar esos 60 días.
Antes de seguir, es importante mencionar a todos aquellos que no tendrán derecho a utilidades.
Trabajadores que no tienen derecho al reparto de utilidades
- Directores, administradores y gerentes generales no tienen por qué roer este pastel de la PTU
- Trabajadores Eventuales con menos de 60 días trabajados en el año fiscal… en este caso, si trabajaste solo 30 días, olvídate de la PTU. Pero por el contrario si trabajaste medio año (supongamos de enero a Junio), tienes todo el derecho de llamar a la empresa y preguntar por las utilidades, aun cuando ya no labores en ella. OJO ESTO SOLO APLICA CON TRABAJADORES EVENTUALES.
- Los trabajadores domésticos (sirvientas, nanas, choferes, etc) tampoco entran en este pastel.
Otros Detalles muy importantes que se consideran para el reparto de las utilidades y la PTU
- Los días de incapacidad que tengan los trabajadores y los periodos antes, durante y después del embarazo de las madres trabajadores, SÍ CUENTAN como trabajadores en servicio activo.
- Los trabajadores de confianza que ganen más que algún trabajador de planta o sindicalizado, solo se tomará su sueldo un 20% aumentado respecto a este ultimo trabajador.
- La PTU que no se les dio a los trabajadores en años anteriores, se suma a la que estamos calculando, pero considera que el patrón solo está obligado a pagar todas las deudas con los trabajadores hasta 1 año después de que se da dicho escenario.
Cómo se calcula el reparto de utilidades
Al igual que a muchos, a mi también siempre me surgió la duda de cómo las empresas decían “Al señor x le tocan mil pesos, a chuyita le tocan dos mil… etc. Etc”. Ahora explicaré ese método de cálculo de utilidades.
Vamos a imaginarnos que empresas Acme, S.A. de C.V. reportó una utilidad de $1,000,000 y además no repartió $300,000 el año pasado. Por lo tanto, la PTU o utilidades total a repartir es de $1,300,000.
En base a este último dato, crearemos dos factores: Por los días trabajados, y por los sueldos de cada quien (Recuerda que son estas dos variables las que cuentan en cada trabajador para ver cuánto le dan)
¿Pero cómo se hacen los factores? Supongamos que la empresa tiene 6 empleados con las siguientes características.
Trabajador | Días trabajados | Sueldo total ganado en el año |
Vendedor1 | 260 | $58,000 |
Vendedor2 | 300 | $95,500 |
Conserje | 360 | $50,000 |
Secretaria | 350 | $77,000 |
El poli de la entrada | 360 | $80,000 |
Director de finanzas | 350 | $180,000 |
TOTALES: | 1,630 | $360,500 |
Si has hecho las sumas, te percatarás que no he incluido los datos del Director de finanzas, que quizás y muy probablemente, es el dueño de la empresa (Pero eso solo pasa en un universo paralelo, de todos modos, eso no nos importa. Lo que importa es que ya tenemos los totales de dichos datos).
FACTOR 1 de utilidades
Para calcular el factor de días, basta con que partamos el pastel en dos (Si… esos 1,300,000 que a nadie le caerían mal), y a esa mitad, la dividiéremos por el total de días. Asi:
Factor de días = | 50% de la PTU a repartir |
Total de días |
Factor de días= | 650,000 |
1,630 |
Factor de días = 398.773006
Ahora calculemos el factor de los sueldos.
Factor de sueldos = | 50% de la PTU a repartir |
Total de sueldos pagados |
Factor de sueldos = | $650,000 |
$360,500 |
Factor de Sueldos = 1.80305132
Lo que sigue a continuación es bastante sencillo, basta con que multipliquemos el factor de días, por el número de días que un trabajador trabajó. Por ejemplo, el de vendedor 1, solo tenemos que multiplicar: 398.773006 (que es el factor) por el número de días que trabajó, que son 260, lo que nos da un total de $103,680.
Y ahora aplicamos la del factor por sueldos.
Multiplicamos: 1.80305132 por el sueldo que se le pago (Recuerda… vendedor 1) $58,000. Lo que nos da un total de $104,576.98.
Ahora basta con que sumemos ambas cantidades:
$103,680.
$104,576.98.
———————–
$208,257.96
¿Cuánto me toca de utilidades en 2018?
Con el ejemplo anterior podemos apreciar que son $208,257.96 lo que va a recibir el vendedor 1 por utilidades… bastante, ¿cierto? Sí, yo también quisiera recibir por lo menos un 10% de eso. Y la razón del por qué sale tan grande cantidad es por los supuestos que estamos inventando. Sí, sí, eso de tomar un millón y pico de utilidad, y si consideramos que son solo 5 personas, bueno, ya te imaginaras como estuvo la cosa. Lo que nos hace pensar que esa empresa tuvo ingresos POR LO MENOS de 10 millones. Pero eso ya es cuento de otro costal.
Aquí lo importante es que la cantidad que se recibe de utilidad (también llamada PTU) puede variar en función de cada trabajador, dado que no es algo general como sí ocurre con el aguinaldo, por ejemplo.
¿Que como sé si estamos bien?, sencillo, la suma de todo lo que le das a repartir a tus trabajadores debe ser igual a la PTU a repartir. Te muestro como quedaría la tabla completa, y verás que los números cuadran.
Conclusión para el reparto de utilidades
¡NOTA IMPORTANTE! El total de la PTU que reciben los trabajadores no considera los impuestos, ya que como te podrás dar cuenta, representa un ingreso para el que es un una persona física, en este caso el trabajador. Es decir, a los $208,257.96 aun debemos quitarle impuestos.
OTRO RESUMEN EN IMAGENES:
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