visita nuestro site: www.licenciadoserrano.com La suprema corte de Justicia, invalida artículos de matrimonio, y ahora gracias a eso en nuestro estado las bodas entre personas del mismo sexo serán permitidas.
EL CONGRESO DE LA CDMX VA VS SERGIO GOYRI POR LENGUAJE OFENSIVO VS YALITZA APARICIO
El Congreso de la Ciudad de México exhortó al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (Copred), así como al Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (Conapred) a que inicien un procedimiento por el comentario discriminatorio del actor Sergio Goyri hacia la también actriz Yalitza Aparicio.
El pronunciamiento lo hizo el diputado del Partido Encuentro Social (PES), Miguel Melo, tras la difusión del video de Goyri refiriéndose de manera despectiva hacia la protagonista de la película “Roma”.
En tanto, DICHA BANCADA aclaró que no se trata de un linchamiento público o un acto de violencia ni verbal o institucional contra el actor, pero que es una ofensa contra un grupo poblacional de mujeres indígenas y trabajadores que son representadas en la cinta por Aparicio.
La petición del diputado busca crear conciencia y sensibilizar a la sociedad.
Suprema Corte de Justicia inválida los artículos que impedían bodas entre personas del mismo sexo.
Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los artículos 140 y 148 del Código Civil del estado de Nuevo León, que obstaculizaban el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Al resolver la acción de inconstitucionalidad 29/2018, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), los ministros consideraron inválidos esos preceptos, porque existe unaviolación a los artículos 1 y 4 de la Constitución Política Federal respecto del principio de igualdad y no discriminación.
En sesión pública ordinaria y con base en precedentes que existen sobre diversas acciones de inconstitucionalidad sobre el tema en estados como Oaxaca, Jalisco y Puebla, los ministros reiteraron este criterio y el derecho de las parejas del mismo sexo para que puedan contraer matrimonio en términos de lo que estable la Carta Magna y los tratados internacionales.
Consideraron que no existe razón de índole constitucional para desconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo.
“Toda aquella ley de cualquier entidad federativa que limite el matrimonio a un hombre y una mujer, excluyendo de esta a las parejas del mismo sexo o considere que la finalidad de la institución del matrimonio es exclusivamente la procreación, resultan inconstitucionales, ya que conllevan un acto de verdadera discriminación que no puede ser tolerado en un Estado de derecho como el nuestro”, señalaron los ministros de la SCJN.
Los artículos 140 y 148 del Código Civil de Nuevo León establecían que solo pueden celebrar esponsales un hombre y una mujer, y que para contraer matrimonio necesitaban haber cumplido los 18 años.
Las declaraciones de invalidez decretadas en este fallo surtirán efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia al Poder Legislativo de Nuevo León.
REDACCION Con información de Notimex.
Así cerramos el día, con dos noticias de, quizá la mas relevante sea la del matrimonio entre personas del mismo sexo en Nuestro Estado de Nuevo León, a título personal, que el congreso de la cdmx quiera castigar a Sergio Goyri por sus comentarios vs Yalitza, debe servir para marcar estricto castigo a quien discrimine.
Los homosexuales, y los indígenas dos grupos muy discriminados.
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